miércoles, 3 de noviembre de 2021

¿CÓMO RECLAMAR EN CASO DE QUE NO ME QUIERAN RETIRAR EL REPORTE NEGATIVO DE DATACRÉDITO?

¿CÓMO RECLAMAR EN CASO DE QUE NO ME QUIERAN RETIRAR EL REPORTE NEGATIVO DE DATACRÉDITO, DE ACUERDO A LA LEY BORRÓN Y CUENTA NUEVA?


La Superintendencia de Industria y Comercio detalló cuáles son los canales para hacer reclamos en el marco de la nueva ley de borrón y cuenta nueva.


Esta ley, creada para que, supuestamente 10 millones de colombianos recuperen su capacidad crediticia luego de ser reportados ante Datacrédito, está vigente desde el pasado 29 de octubre, cuando el presidente Iván Duque sancionó la conocida "Ley Borrón y Cuenta Nueva".

Por esto, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) publicó un listado de los pasos a seguir en caso de que, si está reportado, usted pueda acceder al beneficio sin recibir una evasiva.

La SIC añade que los reportes negativos que deben ser eliminados, prioritariamente, pertenecen a deudores y codeudores con el Icetex, pequeños productores agropecuarios, víctimas del conflicto armado, personas clasificadas dentro de las Mipymes y personas naturales con actividades comerciales.

De igual forma, la entidad agrega que las personas que entraron en mora ante Datacrédito entre el 12 de marzo y el 31 de diciembre de 2020 podrán aplicar a la nueva ley. Sin embargo, solo podrán hacerlo si buscaron reestructurar su deudaLEY BORRÓN Y CUENTA NUEVA 2021

En caso de que usted quiera aplicar a esta nueva ley, y le pongan trabas, la SIC recomienda seguir los siguientes pasos para dar claridad al proceso que busca liberar el cupo crediticio de 10 millones de colombianos:

  • Si encuentra que las centrales de riesgo no han eliminado los reportes negativos, puede presentar un reclamo ante estas o ante la entidad que lo reportó.
  • Si la central de riesgo o la entidad que lo reportó no responde el reclamo dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de su recibo, se entenderá, para todos los efectos legales, que la solicitud ha sido aceptada, tal y como lo ordena el artículo 7 de la Ley 2157 de 2021.
  • Si, a pesar de lo anterior, el reporte negativo persiste, puede solicitar a la Superintendencia de Industria y Comercio la imposición de sanciones pertinentes, sin perjuicio de que se adopten las decisiones a que haya lugar para proteger el derecho fundamental de habeas data. Para dicho efecto, radique su queja a través de la página web: https://servicioslinea.sic.gov.co.
  • Si quien lo reportó es un banco o una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera, deberá presentar la queja ante esa Superintendencia.
  • Adicionalmente, podrá utilizar la herramienta virtual "SIC Facilita" para solucionar el caso de manera directa con la fuente de información. Para dicho efecto, ingrese a sic.gov.co.

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